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Diploma en Tributación de Instrumentos Financieros 2026

Tributación de derivados, criptomonedas, ADRs, fondos, instrumentos de cobertura y operaciones bursátiles. Dirigido por Gerardo Escudero (ex-SII, UDP) y 8 docentes activos en KPMG, PwC y SII.
GE
Gerardo Escudero Toledo
Director Campus Tributario
Plan de estudios

Temario del programa

Determinarás correctamente el resultado tributario de los pactos de retrocompra bajo la normativa vigente.

En este módulo se analizará la correcta determinación del resultado tributario al 31 de diciembre de 2019, como aquellos que se deban determinar a partir del 01 de enero de 2020, en armonía con la letra j) del N°8 del artículo 17 de la LIR, la que fue incorporada a través de la Ley N°21.210 “Ley que Moderniza la Legislación Tributaria”.

Contenidos

  • Resultado tributario al 31-12-2019 y desde el 01-01-2020
  • Letra j) del N°8 del artículo 17 de la LIR
  • Ley N°21.210 (Moderniza la Legislación Tributaria)

RelatoresGermán Torres · Gerardo Escudero

Determinarás el resultado tributario de las criptomonedas según la postura del SII.

En Chile la Comisión para el Mercado Financiero ha establecido que las criptomonedas no constituyen valor. A su vez, el Banco Central ha señalado que no es una moneda de curso legal ni una divisa. En cuanto a la jurisprudencia del SII, este ha señalado que corresponden a activos monetarios. Dado lo anterior, se analizará la correcta determinación del resultado tributario considerando las normas del N°8 del artículo 17 de la LIR y la jurisprudencia relevante.

Contenidos

  • Criptomonedas como activos monetarios (jurisprudencia SII)
  • Postura de la CMF y del Banco Central
  • N°8 del artículo 17 de la LIR

RelatoresWilliam Peñas · Gerardo Escudero

Conocerás la naturaleza de los ADR's y determinarás su correcta tributación.

La CMF indica que los ADR's son títulos que respaldan el depósito, en un banco estadounidense, de acciones de compañías constituidas fuera de aquel país, de manera de poder transarlas como cualquier otra acción de ese mercado. Por ello es de suma importancia conocer la naturaleza de este tipo de instrumentos con el fin de determinar la correcta tributación de los ADR's.

Contenidos

  • Naturaleza de los ADR's según la CMF
  • Acciones de compañías extranjeras transadas en EE.UU.
  • Determinación de la tributación de los ADR's

RelatoresMauricio López

Aplicarás la correcta tributación de los GDN.

Los GDN son certificados emitidos por un banco extranjero y negociables en el exterior, que representan la propiedad del tenedor de dichos certificados sobre títulos de deuda emitidos por instituciones chilenas y depositados en un banco local. Por ello, en este Diplomado se revisará la correcta tributación de este tipo de instrumentos.

Contenidos

  • Certificados emitidos por un banco extranjero
  • Títulos de deuda de instituciones chilenas depositados en banco local
  • Tributación del tenedor de los certificados

RelatoresHernán Gutiérrez

Determinarás la tributación de las notas o instrumentos estructurados.

Según el oficio circular N°868 del 29 de enero de 2015, emitido por la CMF, se entenderá por notas o instrumentos estructurados aquellos títulos de crédito negociables que combinan un componente de renta fija (una tasa de interés) y un componente variable indexado al retorno que puede obtener un determinado activo subyacente. Dado lo anterior, se revisará la tributación de este tipo de instrumento.

Contenidos

  • Oficio circular N°868 del 29-01-2015 (CMF)
  • Componente de renta fija (tasa de interés)
  • Componente variable indexado a un activo subyacente

RelatoresGerardo Escudero

Analizarás los efectos financieros y tributarios de los DAP en distintas monedas y regímenes.

Se analizarán los efectos financieros y tributarios respecto de las inversiones en DAP en pesos, en UF y en USD, tomados con un banco local o extranjero. Asimismo, se analizarán los efectos tributarios nocivos que las personas naturales deben soportar cuando tienen DAP locales emitidos en USD, y se confeccionará el Certificado N°7 y la Declaración Jurada N°1890. Finalmente se efectuará un análisis comparativo de la tributación según el régimen de la empresa: 14A, 14D3 y 14D N°8.

Contenidos

  • DAP en pesos, UF y USD (banco local o extranjero)
  • Efectos tributarios nocivos de DAP locales en USD (persona natural)
  • Certificado N°7 y Declaración Jurada N°1890
  • Análisis comparativo según régimen 14A, 14D3 y 14D N°8

RelatoresGermán Torres · Gerardo Escudero

Determinarás el resultado tributario de las monedas de oro y otras monedas extranjeras.

El contexto económico ha implicado un aumento significativo de la inversión en oro, considerado un refugio más seguro y rentable. En Chile los corredores de bolsa deben informar la compra y venta de monedas de oro en la Declaración Jurada N°1891, por lo que es importante conocer la correcta determinación del resultado tributario de este tipo de monedas, así como de cualquier otra moneda extranjera.

Contenidos

  • Inversión en oro como activo refugio
  • Declaración Jurada N°1891 (corredores de bolsa)
  • Resultado tributario de monedas extranjeras

RelatoresWilliam Peñas · Gerardo Escudero

Aplicarás el tratamiento tributario de los instrumentos derivados según la Ley N°20.544.

A través de la Circular 7 de 1979, el Servicio de Impuestos Internos instruye respecto del mercado a futuro, específicamente sobre las transacciones en bolsas de productos oficiales extranjeras. No obstante, recién a fines de 2011 se publica en Chile la Ley N°20.544, que regula el tratamiento tributario de los instrumentos derivados. Por ello, en este módulo se analizan los siguientes instrumentos: forward, futuros, swap, cross currency swap y opciones.

Contenidos

  • Circular 7 de 1979 (SII) y mercado a futuro
  • Ley N°20.544 que regula los instrumentos derivados
  • Forward, futuros, swap, cross currency swap y opciones

RelatoresGerardo Escudero

Reconocerás e informarás correctamente las rentas de los contratos por diferencias.

En la columna 11 de la DJ 1932 “Declaración Jurada anual sobre rentas obtenidas por terceros”, el Servicio de Impuestos Internos solicita informar las rentas provenientes de contratos por diferencias. El contrato por diferencia es un instrumento que permite a las partes intercambiar la diferencia entre el precio de compra y el de venta de un activo subyacente que no es propiedad del inversor.

Contenidos

  • Columna 11 de la DJ 1932 (rentas obtenidas por terceros)
  • Intercambio de la diferencia entre precio de compra y venta
  • Activo subyacente que no es propiedad del inversor

RelatoresGerardo Escudero

Determinarás la tributación en la enajenación de acciones para personas con y sin contabilidad.

Debido a las constantes reformas tributarias, es clave conocer la correcta tributación en la enajenación de acciones, tanto para personas naturales sin contabilidad como para personas (naturales o jurídicas) con contabilidad. Se abordarán acciones adquiridas hasta el 31 de enero de 1984, acciones no acogidas y acogidas al artículo 107 y acciones crías. Se prestará especial atención al artículo 17 N°8 de la LIR y a los ajustes en el costo de venta (renta atribuida o utilidades reinvertidas), analizando las normas vigentes hasta el 31-12-2019 versus las vigentes desde el 01-01-2020.

Contenidos

  • Acciones adquiridas hasta el 31-01-1984
  • Acciones acogidas y no acogidas al artículo 107
  • Acciones crías
  • Artículo 17 N°8 de la LIR y ajustes al costo de venta
  • Normas hasta 31-12-2019 versus desde el 01-01-2020

RelatoresEduardo Irribarra · William Peñas

Analizarás los efectos tributarios de la venta corta para el prestamista y el prestatario.

Formalmente, una venta corta es la venta en bolsa de títulos que el vendedor no posee, o aquella en que la liquidación se realiza con acciones obtenidas en préstamo, sobre las cuales existe un compromiso de restitución al prestamista. Por ello se analizarán los efectos tributarios de los intervinientes (prestamista y prestatario) a partir de una operación real efectuada por un inversionista persona natural.

Contenidos

  • Venta en bolsa de títulos que el vendedor no posee
  • Compromiso de restitución al prestamista
  • Análisis de una operación real de persona natural

RelatoresGermán Torres · Gerardo Escudero

Comprenderás la operatoria y los efectos tributarios de las operaciones simultáneas.

Desde el punto de vista financiero, a través de este tipo de operaciones el inversionista puede obtener financiamiento adicional para comprar acciones con una tasa fija a un plazo determinado. Resulta importante conocer el instrumento y la forma de operar en el mercado antes de abordar el tema tributario, por lo que se analizará una operación real de un inversionista persona natural para estudiar sus efectos tributarios.

Contenidos

  • Financiamiento adicional para comprar acciones a tasa fija
  • Forma de operar en el mercado
  • Análisis de una operación real de persona natural

RelatoresGermán Torres · Gerardo Escudero

Determinarás la tributación de los ETFs.

De acuerdo con la definición de la Bolsa de Santiago, los Exchange Traded Funds son fondos cotizados en bolsa que replican la rentabilidad de un índice. Están compuestos por una canasta de valores y su operativa es igual a la de las acciones, ya que se cotizan en bolsa durante la misma sesión de negociación. Se analizará la tributación de este tipo de activo, con especial atención al Oficio N°2149 del 03.10.2013.

Contenidos

  • Fondos cotizados en bolsa que replican un índice
  • Canasta de valores con operativa igual a las acciones
  • Oficio N°2149 del 03-10-2013

RelatoresMauricio López

Dominarás los efectos tributarios de los fondos bajo la Ley Única de Fondos.

Con fecha 07 de enero de 2014 se publicó la Ley N°20.712, conocida como Ley Única de Fondos (LUF). Por ello se tratarán en profundidad los efectos tributarios de los fondos mutuos, fondos de inversión públicos y privados, sociedades administradoras, partícipes con o sin domicilio o residencia, y fondos mutuos o de inversión invertidos en el exterior.

Contenidos

  • Ley N°20.712 (Ley Única de Fondos, LUF)
  • Fondos mutuos, de inversión públicos y privados
  • Sociedades administradoras y partícipes con/sin domicilio o residencia
  • Fondos invertidos en el exterior

RelatoresMauricio López

Aplicarás la tributación de los bonos, incluida la franquicia del artículo 104 de la LIR.

Durante 2020 el Banco Central de Chile implementó diversas medidas para enfrentar el Covid-19, entre ellas la recompra de bonos emitidos por la Tesorería General de la República (TGR) y el propio Banco Central, bonos acogidos a la franquicia del artículo 104 de la LIR. Dicha franquicia será estudiada en profundidad junto con la determinación del interés devengado y la solicitud de devolución de la retención del 4% del artículo 74 N°7 de la LIR. Además, se abordarán bonos tasa cupón cero, bonos emitidos en Chile y en el exterior, bonos del Banco Central y/o de la TGR, los efectos tributarios de su compra y venta, y la determinación de la tasa de interés fiscal (artículo 104 LIR) y de la tasa efectiva (norma IFRS).

Contenidos

  • Artículo 104 LIR y recompra de bonos (TGR y Banco Central)
  • Interés devengado y devolución de la retención del 4% (art. 74 N°7)
  • Bonos tasa cupón cero, emitidos en Chile y en el exterior
  • Tasa de interés fiscal (art. 104) y tasa efectiva (norma IFRS)

RelatoresHernán Gutiérrez

Determinarás la tributación de las rentas pasivas conforme al artículo 41 G de la LIR.

Con fecha 29 de septiembre de 2014 se publicó la Ley N°20.780, que incorporó el artículo 41 G a la Ley sobre Impuesto a la Renta. El artículo 41 G regula la tributación en Chile de las rentas pasivas percibidas o devengadas por entidades sin domicilio ni residencia en el país, controladas directa o indirectamente por contribuyentes, entidades o patrimonios de afectación con domicilio, residencia, constituidos o establecidos en Chile. Dado que la norma ha sufrido modificaciones, es menester profundizar en este concepto.

Contenidos

  • Ley N°20.780 y artículo 41 G de la LIR
  • Rentas de entidades sin domicilio ni residencia controladas desde Chile
  • Modificaciones vigentes a la norma

RelatoresEvelyn Huarte · Cristián Mena

Determinarás cuándo y cómo tributa una persona con cartera administrada, local o en el exterior.

Al efectuar inversiones en el exterior, muchos bancos y corredores de bolsa se encuentran asociados a Pershing, empresa norteamericana que ofrece servicios de compensación y custodia a nivel global. Entre sus clientes se incluyen asesores, corredores de bolsa, oficinas de gestión de patrimonio familiar, administradores de fondos y de patrimonio. Dado lo anterior, se analizará la correcta determinación y el momento en que debe tributar una persona con o sin contabilidad cuando su cartera es administrada.

Contenidos

  • Inversiones en el exterior vía Pershing (custodia y compensación global)
  • Tributación de persona con o sin contabilidad
  • Momento en que debe tributar la cartera administrada

RelatoresMauricio López

Comprenderás el tratamiento tributario de la securitización de activos.

En el Diario Oficial del 28 de abril de 2009 se publicó la Ley N°20.343, que mediante su artículo 2° introdujo modificaciones a la LIR e incorporó un nuevo Título VI sobre disposiciones especiales relativas al mercado de capitales. En dicha ley se introdujo el artículo 105 de la LIR, que regula el tratamiento tributario de la securitización de flujos de pagos futuros provenientes de ingresos por ventas o servicios del giro, obtenidos con posterioridad a la cesión o promesa de cesión. La norma estableció cómo reconocer, para fines tributarios, los efectos de la securitización, tanto desde el punto de vista del cedente de los flujos como de las sociedades securitizadoras.

Contenidos

  • Ley N°20.343 y nuevo Título VI de la LIR
  • Artículo 105 LIR: securitización de flujos de pagos futuros
  • Efectos para el cedente y para las sociedades securitizadoras

RelatoresMauricio López

Cuerpo docente

Quiénes dictan el programa

GEGerardo Escudero Toledo
Director · Fundador

Gerardo Escudero Toledo

Director Campus Tributario · Director Diploma de Tributación, UDP

H&L Auditores Consultores

"Buscamos que el alumno no solo conozca el artículo de la ley, sino que entienda el espíritu y la aplicación práctica que el mercado exige hoy."

Ex SII · 10 añosMagíster Gestión TributariaContador Público y AuditorAutor editorial
GTGermán Torres

Germán Torres

Gerente Tributario

Grupo Security · Magíster UAI · Abogado U. Chile

Grupo Security
WPWilliam Peñas

William Peñas

Docente & Consultor

Magíster Planificación · MBA · Ing. Comercial

Doble Magíster
MLMauricio López

Mauricio López

Socio Lathrop Mujica

MBA · Ex Socio KPMG · Chambers & Partners

Ex KPMGChambers
HGHernán Gutiérrez M.

Hernán Gutiérrez M.

Socio KPMG

Magíster Tributación · Abogado y Contador · Ex BCI

KPMGEx SII
EIEduardo Irribarra

Eduardo Irribarra

Abogado Tributario

PhD en Derecho · Larraín y Asociados · Profesor

PhD Derecho
EHEvelyn Huarte

Evelyn Huarte

Socia H&L Auditores

Magíster Gestión Tributaria · Socia fundadora

H&L
CMCristián Mena

Cristián Mena

Socio Mena Alessandri

Master of Laws Northwestern · Kellogg School

NorthwesternKellogg
Qué incluye

Tu programa incluye

80 horas de clases grabadas en el aula virtual
Material descargable por clase (planillas, casos y presentaciones)
Certificado Campus Tributario al aprobar
Acceso a descuento de ex-alumno en futuros programas
Dirigido a

¿Para quién es?

Contadores, auditores, abogados tributarios, gerentes de impuestos y profesionales de banca e inversiones que necesitan dominar la tributación de instrumentos financieros con profundidad práctica.

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